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Preguntas Frecuentes
¿Qué se requiere para reportar un siniestro por perdidas parciales?
Primero, se debe aclarar que se trata de pérdidas parciales cuando existe un choque, colisión o robo de accesorios del vehículo.
En el caso de que esto suceda, debes llevar el vehículo a la compañía aseguradora para la inspección de los daños y acompañada de la Declaración de siniestro, el nombre del taller donde desea reparar el carro, además de los siguientes recaudos:
– Cédula de Identidad.
– Licencia de conducir del conductor.
– Certificado médico
– Documentos de propiedad.
– Informe de tránsito, si hubo presencia del mismo, si los daños no son leves le solicitaran Declaración Jurada.
¿Qué se requiere para reportar un siniestro por robo o hurto?
En los casos de robo o hurto del vehículo se debe presentar de inmediato la denuncia respectiva ante las autoridades competentes.
Adicionalmente, dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles de haber conocido el hecho, se deben entregar a la aseguradora los siguientes recaudos:
– Carta narrativa de los hechos.
– Planilla de Declaración del Siniestro..
– Denuncia original ante el C.I.C.P.C.
– Denuncia ante Tránsito Terrestre.
– Título original de propiedad del vehículo y carnet de circulación.
– Llaves originales del vehículo
– Trimestres cancelado a la fecha del siniestro
– Liberación de reserva de dominio y saldo deudor (si existiera algún crédito sobre el vehículo).
La documentación anteriormente señalada es básica. Según sea el caso, la compañía puede solicitar recaudos adicionales.
Una vez entregada toda la documentación y transcurrido un lapso de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de la ocurrencia del caso, si no se recupera el vehículo y la empresa aseguradora cuenta con todos los recaudos exigidos, procederá la indemnización, por el monto total asegurado.
¿Qué se requiere para reportar un siniestro por pérdida total por choque?
La pérdida total por choque, corresponde cuando los daños causados al vehículo por la ocurrencia de un siniestro, cubierto por esta póliza tenga un valoración económica igual o superior al setenta y cinco por ciento (75%) de la suma asegurada. En estos casos se deben seguir los pasos señalados en el caso “a” (pérdidas parciales, que comprende: choque, colisión o robo de accesorios). Contando 30 días hábiles después de recibir el último recaudo para el pago de la indemnización.
El asegurado también puede manifestar si desea una Perdida Convenida.
¿Qué debo hacer en el caso de requerir un servicio de grúa?
En los casos que requieras el servicio de grúa puedes contactarnos a través de nuestra central telefónica, sin embargo, te sugerimos tener a mano el número telefónico del proveedor de servicio de tu compañía aseguradora.
¿Me pueden multar por no tener mi póliza en el carro?
La ley de Transporte Terrestre en su artículo 58 señala la obligatoriedad de todo vehículo de estar amparado por una póliza de Responsabilidad Civil de Vehiculos (RCV). Te sugerimos que mantengas en tu vehículo una copia de la póliza con el sello de la prima cancelada.
¿Siempre que tenga un siniestro debo dejar constancia de tránsito?
Idealmente debes hacerlo siempre, particularmente sí el choque es grave o hay terceros involucrados.
Sí cambio la placa de mi vehículo, ¿Debo cambiar mi póliza? ¿Qué debo hacer?
Debes enviarnos un correo para notificarnos del cambio y consignar los siguientes documentos:
– Certificado original entregado por el INTTT con los datos de la nueva placa.
– Solicitud de seguros modificada en el campo de placa.
– Copia de la denuncia ante el CICPC en caso de robo o hurto.
¿Puedo incrementar la suma por la que está asegurado mi vehículo? ¿Qué debo hacer?
Para proceder a esta solicitud debes verificar que la póliza vigente tenga seis (06) meses de emitida y si cumple con esa condición deberás contactarnos solicitando el incremento de la suma asegurada del vehículo. En el transcurso de las próximas 48 horas unos de nuestros ejecutivos se pondrá en contacto contigo para informarte el valor actual del vehículo y la prima a cancelar por el incremento.
De igual manera se te indicará de acuerdo con la aseguradora, si debes inspeccionar el vehículo.
Si voy a vender el carro ¿Puedo vender/ traspasar la póliza?
Debes anular tu póliza, eso contempla una devolución de prima y si el cliente o el nuevo comprador lo desea puede asegurar nuevamente con nosotros.
¿Cuál es la antigüedad del carro permitida para asegurarlo en cobertura amplia?
Depende de la aseguradora, pero, generalmente la antigüedad máxima oscila entre 10 y 15 años.